Martes, 25 Agosto 2020 13:33

ATECYR, curso sobre contaje de energía en las instalaciones térmicas de los edificios

ATECYR Curso sobre contaje 0Explicación del RD 736-2020 que regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios

 

 

El miércoles 16 de septiembre, de 15 a 18h, Ricardo García San Jose, Vicepresidente del Comité Técnico de Atecyr, impartirá por videoconferencia un curso sobre Contaje de energía en las instalaciones térmicas de los edificios. EXPLICACION DEL RD 736-2020 que regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios.

Esta sesión será exclusiva y gratuita para socios.

Tras ser traspuesto en agosto a nuestro ordenamiento jurídico la obligatoriedad del contaje individual de energía para instalaciones existentes se imparte este curso gratuito para todos los socios donde se analizara con detalle dicho reglamento.

Además se abordarán las nuevas instalaciones de más de 70 kW que ya debían de tener contadores que permitan valorar sus rendimientos estacionales y que sirvan de base para la gestión energética de las mismas.

En la jornada se describirían las tecnologías existentes (no solo los repartidores de costes) y las distintas formas de poder valorar el reparto de gastos económicos (gastos fijos y gastos variables en función del consumo energético) que se deben recoger en la facturación final al usuario.

Durante la jornada también se describirán las singularidades y dificultades que se pueden encontrar en instalaciones ya existentes, proponiendo varias alternativas siempre desde un enfoque tanto de la viabilidad técnica como económica.

Programa:
Descripción general de las instalaciones centrales de calefacción y ACS
Contadores necesarios en la central térmica
Contadores individuales
Análisis de las variantes de las instalaciones existentes
Alternativas de contaje individual para las instalaciones existentes
Repartidores de costes
Reparto de gastos: costos fijos y variables
Análisis del RD 736-2020
Determinación sencilla del rendimiento estacional cuando se dispone de contadores
El pasado 4 de agosto, se publicó el Real Decreto 736/2020 que regula la instalación de Contadores individuales en los edificios existentes con sistemas de calefacción y refrigeración central. El gobierno estima que su aplicación redundará en un menor gasto energético en las viviendas con un ahorro medio del 24%.

La normativa será de aplicación en edificios con sistemas de calefacción o refrigeración construidos antes de la aprobación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios de 1998, ya que todos los edificios construidos posteriormente ya están obligados a instalar dispositivos de contabilización individuales. Quedan exentos los edificios situados en las zonas con severidades climáticas de invierno moderadas (zonas α, A y B definidas en el Código Técnico de Edificación) o en lo que la inversión no pueda recuperarse en un máximo de cuatro años, a partir de los ahorros que se pueden generar.

Las fechas límite para que estén activos deberán ser en cualquier caso antes de 2022

No existiendo una obligación, por tanto, de cara al próximo inverno

Será preciso solicitar, al menos, un presupuesto, gratuito y estandarizado, a un instalador homologado. El presupuesto deberá determinar si la instalación es posible técnicamente y si es económicamente rentable. El presupuesto deberá contemplar si el periodo estimado de recuperación de la inversión es inferior a cuatro años. De lo contrario, se considerará que la instalación no es económicamente rentable y el edificio quedará exento de acometerla.

La norma establece dos plazos: primero, la fecha límite para obtener al menos un presupuesto estandarizado; y, segundo, la fecha límite para tener activa la instalación, que será siempre 15 meses después. Los límites temporales para obtener al menos un presupuesto acreditativo son:
1 de febrero de 2021, para edificios de uso diferente a vivienda y, si se ubican en la zona climática E (la más fría), edificios de 20 viviendas o más.
1 de julio de 2021, para edificios con menos de 20 viviendas si se ubican en zona climática E; e inmuebles con al menos 20 viviendas localizados en zona climática D.
1 de diciembre de 2021, edificios de menos de 20 viviendas en la zona D; y edificios de al menos 20 viviendas en la zona climática C.
1 de febrero de 2022 para edificios de menos de 20 viviendas localizados en la zona C.


Inscripción

 

ATECYR Curso sobre contaje 1

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