Ha sido publicado en el BOE el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Seis Programas de ayudas
Este paquete de ayudas se articulará por medio de seis programas:
Programa 1. Autoconsumo y almacenamiento en el sector servicios. Dotado con 120 millones (20 millones para almacenamiento).
Programa 2. Autoconsumo y almacenamiento en otros sectores productivos, como la industria o el agropecuario. Dotado con 175 millones (25 millones para almacenamiento).
Programa 3. Incorporación de almacenamiento en autoconsumos existentes en sectores económicos. Repartirá 45 millones entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
Programa 4. Autoconsumo y almacenamiento en el sector residencial, el sector público y el tercer sector. Con una dotación de 215 millones (15 millones para almacenamiento.
Programa 5. Incorporación de almacenamiento en autoconsumos del sector residencial, sector público y tercer sector, con cinco millones presupuestados.
Programa 6. Climatización y agua caliente sanitaria obtenida con renovables en el sector residencial, incluida la vivienda pública protegida. Contará con 100 millones.
Se podrá subvencionar la inversión en equipos y materiales; la obra civil; los equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares; los sistemas de gestión y monitorización, la redacción de proyectos, memorias técnicas y dirección facultativa, entre otras actuaciones.
Al objeto de facilitar el impacto de las ayudas sobre el tejido productivo nacional y orientarlas hacia la mejora ambiental, todas las actuaciones superiores a los 100 kW deberán incluir un plan estratégico de carácter público que indique el origen y el lugar de fabricación de los equipos y su efecto tractor sobre pymes y autónomos. El plan también detallará información sobre el criterio para seleccionar equipos y materiales en función de su impacto ambiental y su durabilidad –como las garantías del fabricante– y una justificación de que cumplen el principio europeo de no causar un daño significativo.
Intensidad de las ayudas
La intensidad de las ayudas variará en función del beneficiario y del tipo de instalación. Para las empresas se asignará un porcentaje sobre el volumen de inversión inicial –hasta un máximo–, mientras que para los particulares y las administraciones públicas se subvencionará un porcentaje fijo.
En climatización con renovables, la subvención dependerá de la tecnología empleada –como la biomasa o la geotermia–, y será del 40% al 70%. Las Administraciones públicas propietarias de edificios residenciales podrán obtener un 70%.
Los destinatarios de la ayudas tendrán un plazo de 18 meses para justificar la construcción de las instalaciones desde el momento en que se les notifique su concesión.